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Conferencia de David Bravo: Cultura libre y copia

Imagen de David Bravo en un debate sobre "la piratería" celebrado en Canal Sur TelevisiónA juicio de David Bravo, abogado y autor de Copia este libro, las redes P2P (peer to peer) son una especie de gran biblioteca universal, aunque los medios de comunicación (incluso ciertos sectores dentro del movimiento copyleft) no parecen percibirlas así y suelen decir de ellas que sólo sirven para promover la piratería. Bajo su punto de vista, la razón por la que se acusa a los usuarios de estas redes de "piratas" es muy simple: de esa forma se agota cualquier posibilidad de debate y discusión. "Es como una palabra comodín", señaló David Bravo en el inicio de su intervención en las Jornadas Crítica de Propiedad Intelectual de Málaga, "que transmite un mensaje muy simple y demagógico y permite desactivar cualquier posible discrepancia a las tesis defendidas por la industria discográfica y cinematográfica".

Basándose en el artículo 31.2 de la Ley de Propiedad Intelectual vigente en España, David Bravo cree que el intercambio de archivos a través de las redes P2P no puede considerarse piratería, pues mientras carezca de ánimo de lucro, la "reproducción y comunicación pública de obras intelectuales" es, a día de hoy, un acto completamente legal. Esa idea trató de explicarla de la forma más didáctica que pudo en un debate televisivo al que asistió y en el que también participó Chenoa. "Uno de los contertulios de ese debate", recordó David Bravo, "Andrés Vicente Gómez -productor de películas como Tuno negro o Isi + Disi-, sin aportar ningún dato jurídico para contrarrestar mi argumento, le pidió a los responsables del programa que me trajesen un parche para que me lo pusiera en el ojo". En otro debate celebrado en Canal Sur Televisión, Pedro Farré, director de Gobierno Corporativo de la SGAE, dijo que David Bravo desconocía que una sentencia dictada por un tribunal de EE.UU. no tenía ninguna repercusión jurídica en España porque, seguramente, el día en el que se explicó ese tema en la facultad donde estudió, "estaría pirateando".

En algunos casos, las redes P2P sí se conciben como una biblioteca universal, pero en un sentido peyorativo. Por ejemplo, el periodista musical Diego Manrique ha asegurado que el concepto que tenía Borges de la Biblioteca Universal, ya es una realidad en el ciberespacio (especialmente en el ámbito musical), donde, en palabras de Manrique, "está todo y además es gratis, ¿cómo se puede luchar contra eso?". "Tiene razón", ironizó David Bravo, "es realmente duro verificar que se ha hecho realidad el sueño de Borges de una gran biblioteca universal, con los gravísimos problemas que eso conlleva pues permite, por ejemplo, que la gente pueda pensar por sí misma, olvidarse de las nominaciones de Gran Hermano o votar en las elecciones con conocimiento de causa".

Otro ejemplo. En una conocida revista española (cuyo nombre omitió voluntariamente David Bravo) se publicó hace unos años un reportaje sobre las redes P2P en el que, entre otras cosas, se decía que "con el nacimiento de Napster (un servicio de distribución de archivos de música en formato MP3 que tuvo problemas con la justicia estadounidense), el mal ya estaba hecho" y en un destacado se describía a David Bravo como "un pirata". Entre sorprendido e indignado, David Bravo escribió una carta en la que solicitaba al director de la revista (que, a la sazón, era también el redactor del reportaje) que rectificara y le pidiera públicamente disculpas por el calificativo que le había dedicado. Éste le contestó diciéndole que le había llamado "pirata" entre comillas, lo que, según él, quitaba cualquier connotación ofensiva al calificativo. "Yo esa norma lingüística la desconocía", señaló David Bravo, "y entonces le respondí que él tampoco debería molestarse si yo le llamaba -claro está, entre comillas- 'manipulador', eliminando así cualquier connotación negativa que pudiera tener ese término".

Portada de "Copia este libro"Más allá de los calificativos que se le apliquen, las descargas de Internet son, a juicio de David Bravo, una realidad social innegable e imparable. "Aunque algunas personas", aseguró, "parecen cerrar los ojos ante esta evidencia. Por ejemplo, Teresa Alfonso, presidente de Teddysound Music y de la Asociación Española de Editores de Música (AEDEM), quien ha llegado a afirmar que es preferible tener descontentos a 'cuatro chavales' que se descargan música por Internet que dejar sin protección a un sector industrial que genera muchos puestos de trabajo". El problema, según David Bravo, es que no son "cuatro chavales". Ni siquiera cuatrocientos o cuatro mil chavales. Según cálculos recientes, al menos cien millones de usuarios se han descargado alguna vez canciones o películas a través de las redes P2P.

Y lo más paradójico es que hay numerosas personas (músicos, editores, abogados, políticos...) que públicamente aseguran con vehemencia que están en contra de estas redes, pero que en privado ("off the record") reconocen que ellos también "se descargan -de vez en cuando- algunas cosillas". "En muchos casos", señaló David Bravo, "su crítica a estas redes es sólo una pose que les obligan a adoptar las discográficas y las sociedades de gestión de los derechos de autor". No hay que olvidar que la citada Teresa Alfonso ha llegado a insinuar que las discográficas deberían obligar por contrato a los artistas a hacer campaña contra la piratería ("igual que les exigen hacer distintos actos promocionales").

Para David Bravo el problema de fondo está en considerar la propiedad intelectual (que es inaprensible por definición) como una propiedad convencional. Además, en contra de lo que se suele pensar, lo que define la propiedad no es sólo el provecho particular de su poseedor, sino también la función social que desempeña. Y en el caso de la propiedad intelectual, esa función social cristaliza, según David Bravo, a través de lo que los defensores más férreos del copyright restrictivo denominan "límites de la propiedad intelectual". Límites que impiden que los titulares de los derechos de explotación de una obra puedan decidir en exclusiva sobre cualquier posible uso que se haga de la misma. ´"Pues hay otros derechos", explicó David Bravo, "que también hay que respetar, como el derecho a la información (nadie puede impedir que una obra se cite); a la libertad de expresión (que garantiza, por ejemplo, la posibilidad de parodiar una canción, una película o un rito religioso); o el derecho de acceso a la cultura (que permite la copia para uso privado de producciones intelectuales)".

En este punto de su intervención David Bravo advirtió que la nueva Ley de Propiedad Intelectual (LPI) plantea que para que una copia de una obra sea legal, tiene que derivar de un original o de otra copia legal. El problema está en que si se establece que saltarse los sistemas de seguridad de un cd para hacer una copia del mismo es ilegal, cualquier replica que se haga de dicha copia, también lo será, así como las copias que se realicen a partir de esa replica. De este modo, se crea una especie de espiral contagiosa en el que todas las copias terminan siendo ilegales. "Además", añadió David Bravo, "en el P2P, toda difusión comienza con una copia que -al colocarse en una carpeta de archivos compartidos sin la autorización expresa del titular de los derechos de reproducción de la obra copiada- no puede considerarse privada y, por tanto, legal. Y si según la nueva Ley de Propiedad Intelectual española, todas las copias que se deriven de una fuente ilegal, son también ilegales, las copias privadas realizadas a través de las redes peer to peer dejarán de ser legales".

En este aspecto, David Bravo cree que la nueva Ley de Propiedad Intelectual puede describirse como lo que algunos juristas denominan una "norma perversa", pues al ilegalizar un comportamiento tan común y generalizado, se sabe de antemano que no se podrá aplicar de forma eficaz ("ya que eso supondría detener a decenas e incluso centenares de miles de personas"). El resultado es que, al final, la norma se ejecuta de forma aleatoria y sólo afecta a un grupo reducido de ciudadanos escogidos al azar y que son percibidos por el resto de la sociedad como "chivos expiatorios" (es decir, como víctimas y no como culpables) que han tenido la mala fortuna de ser atrapados.

De hecho, la feroz ofensiva que a nivel planetario han emprendido las multinacionales del ocio y de la cultura en colaboración con las sociedades que gestionan los derechos de autor ha provocado situaciones absurdas y escandalosas que, en palabras de David Bravo, "contradicen las reglas más elementales del sentido común". Así, las actuales legislaciones en torno a la propiedad intelectual, los derechos de autor y las patentes han permitido que, por ejemplo, la compañía Warner sea propietaria de la canción Happy Birthday To You, lo que le reporta dos millones de dólares anuales en concepto de royalties; o que no se pueda usar la paloma blanca de Picasso sin la autorización previa de los herederos del pintor malagueño; o que una empresa haya conseguido patentar el olor del césped recién cortado y que otra haya intentado hacer lo mismo con el de la fresa (esta solicitud, al menos, ha sido rechazada). "Incluso el silencio tiene propietario", señaló David Bravo, "pues el grupo británico The Planets fue demandado a mediados del año 2002 por los herederos de John Cage al considerar que su canción A One Minute Silence (que consistía en 60 segundos de silencio) plagiaba la obra conceptual 4'43" del citado compositor estadounidense (una pieza musical de 273 segundos de absoluto silencio que data de 1952)". Tras llegar a un acuerdo extra-judicial con estos herederos, Mike Batt, representante y productor musical de The Planets, comentó irónicamente que la "canción de su grupo era mejor que la de John Cage, pues lograba decir lo mismo en menos tiempo".

Más ejemplos ilustrativos. En 1991, un colegio de Nueva Zelanda se vio obligado a retirar unos dibujos de personajes de Disney, porque la compañía norteamericana consideraba que estaba vulnerando sus derechos de copyright. La Ascap (Sociedad Americana de Compositores, Autores y Editores) demandó a las Girls Scouts por las canciones que cantaban en sus reuniones y excursiones. La noticia causó un gran revuelo en los EE.UU. ("donde las Girls Scouts son una institución intocable", aseguró David Bravo) y finalmente se llegó a un acuerdo extra-judicial por el que, a cambio de una cantidad simbólica (un dólar mensual), la Ascap permite que las Girls Scouts interpreten canciones protegidas con copyright. Por su parte, la Recording Industry Association of America-RIAA (agrupación que reúne a las principales compañías discográficas estadounidenses) ha llegado a demandar a una niña de 12 años (Brianna Lahara) por la música que se descargaba de Internet. La RIAA sólo retiró su denuncia cuando la familia de Brianna se comprometió a que la niña "donaría" a esta entidad los ahorros que hasta ese momento había reunido para estudiar en la universidad (aproximadamente, 2.000 dólares).

Captura del blog de David BravoCon frecuencia, los defensores del copyright restrictivo suelen argumentar que cuando alguien se copia un disco está impidiendo que sus autores e intérpretes reciban la compensación económica que merecen por su trabajo y que les permite seguir creando. "Pero lo que suelen obviar", indicó David Bravo, "es que a esos autores e intérpretes les beneficia que sus propuestas sean conocidas por la mayor cantidad de personas posibles (algo que no sólo permite, sino que favorece la copia), pues eso les posibilita obtener más ingresos a través de otros medios como los conciertos o el merchandising". Hay que tener en cuenta que la música sigue siendo, a día de hoy, un negocio bastante rentable, pues la grabación casera de cds originales y el intercambio de canciones a través de Internet, sólo está perjudicando a un sector concreto de la industria musical -las grandes discográficas (que se resisten con fuerza a perder su posición dominante)-, ya que, por ejemplo, la cifra de los ingresos por conciertos ha aumentado considerablemente en los últimos años.

En realidad, según David Bravo, las discográficas ya saben que el modelo de negocio basado en la venta de música en soportes físicos (cds, discos de vinilo...) se está agotando. Por ello han comenzado a introducir en sus contratos (que siempre se han caracterizado por ser muy abusivos) una serie de cláusulas que les permiten desempeñar funciones de management (participando en los beneficios que generan los conciertos o el merchandising) y prever distintas situaciones futuras. Sea como sea, David Bravo cree que el avance tecnológico es irreversible y las grandes discográficas y las sociedades de gestión colectiva de los derechos de autor ya poco o nada pueden hacer para evitar la descarga y copia de discos. "Pues aunque logren que se ilegalicen las redes P2P", señaló David Bravo en la fase final de su intervención en las Jornadas Críticas de Propiedad Intelectual de Málaga, "surgirán otras herramientas que permitan el intercambio de archivos".