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Resumen de las intervenciones de la mañana del sábado 17 de abril: Jorge Cortell, Andrea Cappoci, Thomas Margoni, Vandana Shiva |
La tercera sesión de las II Jornadas Copyleft comenzó con un seminario jurídico en el que se analizaron las semejanzas y diferencias entre la legislación sobre propiedad intelectual (articulada en torno a los derechos de autor y el copyright) y la propiedad industrial (cuya herramienta jurídica son las patentes). Después de este seminario, Vandana Shiva, directora de la Fundación de Investigación por la Ciencia, la Tecnología y la Ecología, denunció los mecanismos que utilizan las grandes corporaciones farmacéuticas, químicas y agro-alimentarias para intentar implantar un sistema de patentes sobre los recursos vivos (semillas, genes...). Algo que, según la autora de Cosecha robada: el secuestro del suministro mundial de alimentos, está posibilitando la emergencia de una nueva modalidad de piratería institucionalizada: la "biopiratería".
Seminario jurídico: leyes de propiedad intelectual, licencias y patentes
[Participantes: Jorge Cortell y Andrea Cappoci (Laser, Italia); Dinamizador:
Thomas Margoni] A partir de esta premisa jurídica, el derecho de propiedad adopta características muy distintas dependiendo del ámbito en el que se aplica. "De este modo, señaló Tomas Margoni, existen claras diferencias entre la propiedad intelectual y la industrial". En el primer caso, los bienes tutelados son obras inmateriales que se formalizan a través de una manifestación expresiva concreta, mientras que en la propiedad industrial la protección se aplica a invenciones y procedimientos técnicos que ponen en marcha nuevos procesos productivos. A su vez, la propiedad intelectual, se articula en torno a los derechos de autor que se conceden por un periodo de 70 años. Durante ese tiempo, el propietario de la obra tiene el derecho a autorizar la copia, reproducción, traducción, distribución y desarrollo de la misma, asumiendo ciertas restricciones como la posibilidad de citar fragmentos o de utilizarla con fines educativos o de consulta. En la propiedad industrial, que forma parte del derecho mercantil, la herramienta jurídica que se utiliza son las patentes, cuya duración es menor: 20 años. Históricamente, las patentes han estado sometidas a legislaciones nacionales, aunque las invenciones debían suponer una novedad a nivel internacional. "No deja de ser paradójico, advirtió Thomas Margoni, que el primer proyecto para crear 'patentes europeas' se quiere aplicar precisamente al software". En sus orígenes, tanto el sistema de patentes como la legislación sobre propiedad intelectual, intentaban establecer un contrato social cuyo objetivo final era beneficiar a la colectividad, ya fuera fomentando la capacidad creativa individual (que, indirectamente, enriquece a la sociedad), o haciendo pública (dando a conocer) una invención. "Lo que habría que preguntarse, planteó Thomas Margoni, es a quién o a quiénes beneficia actualmente un sistema legislativo que es incapaz de dar una respuesta satisfactoria a las nuevas demandas y prácticas de la sociedad de la información". Con frecuencia se defiende la legislación europea (continental) sobre propiedad intelectual, alegando que es fruto de una tradición jurídica que se ha ocupado fundamentalmente de los derechos morales de los autores, a diferencia de la corriente anglosajona, mucho más centrada en el copyright y en los derechos de explotación. Jorge Cortell, profesor de Propiedad Intelectual y Comercio Electrónico en la Universidad Politécnica de Valencia, piensa que se trata de un argumento tan tendencioso como falso. Sin duda, en la tradición europea, la ley de propiedad intelectual contempla la protección explícita de una serie de "derechos morales" que considera inalienables (esto es, que no se pueden transformar, matizar, ni intercambiar). En ese apartado se incluiría el reconocimiento de la autoría -que permite evitar el plagio (algo innecesario, según Jorge Cortell, en una sociedad civilizada, donde el copiador se desacredita por sí mismo)-, o el respeto a la integridad de la obra (a que un trabajo se distribuya tal y como fue concebido originariamente por su creador). Pero para la legislación europea, los derechos de reproducción, distribución y comercialización de una obra (que constituyen la base del copyright) también son inalienables. "Es decir, precisó Jorge Cortell, más allá de los engañosos discursos supuestamente humanistas a los que recurren los defensores de la versión europea del derecho de propiedad intelectual, el auténtico fin de dicha ley es canalizar y controlar los medios de distribución y comercialización de los productos culturales". Además, las excepciones legales a esta ley (derecho de cita, derecho a la utilización de una obra con fines docentes, derecho al uso personal sin ánimo de lucro...) son cada vez menos efectivas. Incluso desde algunos ámbitos jurídicos y corporativos, ya se plantea que la ganancia de status intelectual (o de prestigio social) por el uso de una obra, pueda considerarse "animo de lucro", de lo que se deduce que sus beneficiarios tendrían que pagar los correspondientes derechos de autor. A través del sistema de patentes, la legislación sobre propiedad industrial condiciona el desarrollo y la evolución de la investigación científica y tecnológica. "La ciencia, aseguró Andrea Cappoci del colectivo italiano LASER (que promueve la participación social en la elaboración de las políticas científicas), es un proceso colectivo que se desarrolla gracias al intercambio de conocimientos y tecnologías. Y, hoy por hoy, las patentes restringen esa interacción y frenan la innovación". En algunos casos con consecuencias trágicas. Por ejemplo, al impedir la fabricación de ciertos medicamentos en países en vía de desarrollo, cuyos gobiernos no pueden asumir los altos costes que genera la compra de patentes a las grandes multinacionales farmacéuticas. A su vez, en determinadas ocasiones, el sistema de patentes justifica la decisión política de disminuir la inversión pública en investigación científica. Una decisión que ha llevado a que la investigación en algunas universidades (sobre todo en EE.UU) se esté financiando con la venta de patentes. Además, en un momento en el que hay una gran imbricación entre la universidad y el mercado, el miedo a infringir la ley, frena el desarrollo de ciertas líneas experimentales. En cualquier caso, Cappoci cree que la legislación actual sobre la propiedad industrial está completamente desfasada, como refleja el hecho de el periodo de concesión de las patentes sea de 20 años. Una cifra que quizás tuvo sentido en los orígenes de la ley, pero que en la era digital -caracterizada por un avance vertiginoso de la investigación científica y tecnológica- supone una auténtica eternidad. Por todo ello, Andrea Cappoci considera que es imprescindible poner en marcha alternativas viables a este modelo de desarrollo científico y técnico. Una solución posible pasaría por intentar sustituir este sistema (basado en la propiedad privada) por un dispositivo de financiación pública de la ciencia que corriera a cargo del Estado. Aunque a Andrea Cappoci le parece mucho más factible y eficaz seguir desarrollando (con las lógicas adecuaciones) el modelo del copyleft que, por un lado, evita un previsible abuso intervencionista del gobierno y, por otro, ya ha demostrado su validez, flexibilidad y potencialidad en el campo de la informática.
El inicio de las patentes sobre recursos vivos se remonta a finales de los años 70, cuando algunas corporaciones farmacéuticas, químicas y agro-alimentarias estadounidenses vislumbraron la posibilidad (económicamente muy rentable) de concebir la vida como algo manufacturado que podía estar sometido a los derechos de propiedad. En poco tiempo, fueron conscientes de que si el objetivo era conseguir patentes sobre la vida, la puerta de entrada estaba en la ingeniería genética. Entonces, esas grandes compañías -que, en la mayoría de los casos, estaban (y están) relacionadas con el negocio de la guerra- descubrieron que en ciertas esferas universitarias se estaban llevando a cabo importantes avances en el campo de la biología genética. De este modo, emergió la poderosa industria biotecnológica, que a finales de los 80 comenzó a ejercer una presión feroz para que se crearan nuevas normativas que permitieran "patentar la vida". Con el apoyo activo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), estas corporaciones consiguieron que se ampliara el abanico de bienes y recursos patentables, expandiendo los derechos de propiedad a medios de vida como las semillas o los genes. Posteriormente, la OMC empezó a presionar a los países en vía de desarrollo para que adaptaran sus legislaciones a las nuevas ampliaciones en el campo de las patentes, amenazándoles, por ejemplo, con no conceder visados a sus estudiantes e investigadores. "Una forma de actuar, señalo Vandana Shiva durante su intervención en las II Jornadas Copyleft, propia de una organización dictatorial que, bajo una engañosa apariencia democrática, responde exclusivamente a los intereses de las multinacionales". De hecho, la OMC consiguió criminalizar una práctica habitual en la mayor parte de las comunidades rurales del planeta: el intercambio de semillas y de técnicas de plantación. Del mismo modo que ha hecho Microsoft en el sector del software, las grandes empresas agro-alimentarias (Novartis, Monsanto, Dupont, Cargill...) se han apropiado de la mayoría de las semillas, explotando en su propio beneficio la biodiversidad y el conocimiento colectivo. En ocasiones, ante la imposibilidad de patentar determinadas semillas o técnicas, lo que hacen es añadir algunos elementos o "mejoras" adicionales. Todo esto genera una situación tan perversa como paradójica: los campesinos de las comunidades pobres sólo pueden acceder (sin infringir la ley) a unas semillas y procesos productivos que siempre han utilizado libremente, si pagan los derechos derivados del uso de las patentes. Curiosamente, aquellos que reclaman la propiedad de estas semillas, se autodenominan a sí mismos como "descubridores", igual que hicieron en el siglo XV los conquistadores españoles cuando llegaron a América. "En ambos casos, recalcó Vandana Shiva, legitiman su apropiación indebida de una serie de bienes que son colectivos, mediante unas herramientas jurídicas arbitrarias". La justificación de las patentes sobre recursos vivos parte, según Vandana Shiva, de un equívoco filosófico no exento de arrogancia antropocentrista: pensar que ciertas formas de vida derivan de una "invención" humana, sustituyendo así a su verdadera creadora -la naturaleza- por un mero intermediario (las corporaciones transnacionales que poseen las patentes) que se quiere erigir en el propietario exclusivo de dicha forma de vida. "Lo más irónico, puntualizó la autora de ¿Proteger o expoliar? Los derechos de la propiedad intelectual, es que las patentes sobre semillas y genes destruyen la multiplicidad y la diversidad (tanto biológica como cultural) que posibilita la pervivencia de los sistemas vivos". Para Vandana Shiva, que apuesta por llevar a cabo una estrategia consciente y organizada de resistencia al sistema, la auténtica piratería del siglo XXI la ejercen empresas como Monsanto que hasta hace apenas 20 años se dedicaba a producir gases tóxicos y, ahora, se ha convertido en el principal propietario de semillas modificadas genéticamente. Junto a otras multinacionales agro-alimentarias, Monsanto también controla la mayor parte de las semillas tradicionales, dándose la paradoja de que el "contaminador" (que, en el sistema actual, suele evitar fácilmente las penalizaciones por su acción contaminante), logra además importantes beneficios económicos por el uso de materia prima "ecológica". Precisamente en estas fechas, se está intentando revocar una biopatente de Monsanto sobre una semilla de trigo que se puede utilizar sin necesidad de agentes químicos. Dicha patente no sólo incluye la propiedad de la semilla, sino de todos sus derivados (la masa, el pan...). "Parece que Monsanto quiere, ironizó Vandana Shiva, que en vez de a dios, le agradezcamos a ellos el pan nuestro de cada día". El actual modelo de patentes posibilita la privatización de recursos biológicos (no sólo semillas o genes, sino también del agua), de técnicas tradicionales (en muchos casos, milenarias) y de saberes colectivos que pertenecen al dominio público. Y también afecta directamente a la innovación científica y tecnológica, donde el sistema de patentes ha impedido el desarrollo de importantes líneas de investigación. Por ejemplo, el avance en el estudio de enfermedades como el cáncer, el sida o la neumonía atípica se ha resentido visiblemente por la aplicación del sistema de patentes al código genético. A juicio de Vandana Shiva hay que frenar lo antes posible estas prácticas de biopiratería, ya que, según ella, "nos están robando el futuro y entran en colisión con algunos de nuestros derechos fundamentales". En este sentido, la ecofeminista india cree que uno de los primeros pasos que se pueden dar es denunciar en todos los foros en los que se participe el apoyo directo que obtienen estas corporaciones de ciertos organismos públicos nacionales e internacionales. En un campo de acción más local, se sitúan las iniciativas de Navdanya, un colectivo de mujeres fundado por Vandana Shiva que, al margen de la legislación oficial sobre patentes, ha creado un banco de semillas autóctonas de libre uso. "En India y otros países, subrayó Vandana Shiva en la fase final de su intervención en las II Jornadas Copyleft, hay cada vez más campesinos que empiezan a ser conscientes de que para garantizar su propia supervivencia (y el futuro de sus descendientes) tienen que encontrar modelos alternativos a la dinámica productiva-destructiva que promueve el poderoso lobby agro-alimentario transnacional (con el beneplácito de la OMC)". En este sentido, la autora de Cosecha robada: el secuestro del suministro mundial de alimentos cree que, en la legislación actual, aún existen ciertos dispositivos jurídicos que permiten revocar algunas patentes y frenar el avance de la biopiratería. |